Comer o beber mientras conduces en la Ciudad de México puede derivar en una multa. Aunque la ley no menciona literalmente “comer” como falta, el Reglamento de Tránsito exige sujetar el volante con ambas manos, por lo que sostener un alimento o una bebida puede considerarse una infracción.
El artículo 37 del Reglamento de Tránsito de la CDMX establece que los conductores de vehículos motorizados deben sujetar firmemente el control de dirección con ambas manos. Si llevas un sánwich, un café o cualquier otro objeto que te impida hacerlo correctamente, un agente puede considerar que no estás cumpliendo la norma.
La recomendación de las autoridades es simple: si necesitas comer o beber, oríllate de forma segura, sin obstruir el paso, y realiza esa actividad antes de continuar manejando. No comer ni beber mientras conduces es fundamental porque combina tres tipos de distracciones (manual, visual y cognitiva) que multiplican el riesgo de sufrir un accidente grave.
La sanción puede ser de 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, además de un punto de penalización en la licencia de conducir. Si la infracción es captada por un sistema tecnológico, el punto se aplica a la matrícula vehicular.
Con la UMA vigente citada por Milenio, los montos aproximados son:
- 5 UMA: 586.55 pesos.
- 7 UMA: 821.17 pesos.
- 10 UMA: mil 173.10 pesos.
La regla no busca castigar por gusto, sino prevenir accidentes. La mejor práctica es comer antes de salir o hacer una parada segura si la necesidad surge durante el trayecto. Sostener un alimento o una bebida obliga a soltar una mano del volante, lo que puede complicar reaccionar ante un frenado, una curva o un imprevisto.